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Tema: Mamás y futuras mamás trabajadoras AUTONOMAS Responder al Tema
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02-09-2015 22:38
Patycia6
Respuesta: Mamás y futuras mamás trabajadoras AUTONOMAS

Mi principal problema es el alquiler.
02-09-2015 22:20
EliSer
Respuesta: Mamás y futuras mamás trabajadoras AUTONOMAS

Muchísimas gracias por la información Patycia!!!! Y si me entero de algo más lo añadiré a la lista. Yo tengo que preguntar porque llevo 6 años de autónoma.
Soy dentista, la clínica no es mía, tengo un jefe pero la mayoría de los dentistas aquí en España estamos con este régimen a pesar de ser ilegal. Yo gano un 30% o menos de lo q facturo y me tengo q pagar mis casi 300€ para cotizar, no siendo yo la propietaria ni teniendo nada que ver.
Así están las cosas en España, una vergüenza.
Sólo espero tener un buen embarazo, como mi hermana, q estuvo hasta 10dias antes de dar a luz sacando muelas y en forma de W trabajando más de 8h diarias. Si no puedo, tiraremos de ahorros + la mierda que me corresponda (más vale una mierda que nada) y con suerte mi marido en Septiembre/ Octubre volverá a trabajar porque ahora esta en paro de nuevo . No somos caprichosos y eso ayuda muchísimo pero tela lo que uno tiene que luchar para vivir, para formar una familia.
Me considero una luchadora, lo que gano me lo curro. Unos meses pueden ser buenos y otros una risa pero hay q seguir...
Besos chicas!!!
02-09-2015 22:13
Patycia6
Respuesta: Mamás y futuras mamás trabajadoras AUTONOMAS

Efectivamente, esas 16 semanas deberíamos estar exentas de seguros sociales,como mínimo.

Me parece muy triste que tengamos que programar un embarazo en función del volumen de trabajo previsto para la fecha de parto.
02-09-2015 21:25
meliada
Respuesta: Mamás y futuras mamás trabajadoras AUTONOMAS

Yo también soy autónoma y te agradezco la currada! Si me entero de algo más lo añadiré.
Pero es vergonzoso lo poco que nos ayudan a los autónomos comparados con otros sectores como el funcionariado. No digo que ellos no tengan derecho, pero deberíamos tener todos los mismos.
A ver cuando se dan cuenta que los autónomos no son sólo esos empresarios millonarios a los que no les supone ningún esfuerzo estarse 4 meses sin trabajar.
Es que estando de baja, si descontamos el seguro, no llegamos ni al salario mínimo...
02-09-2015 12:28
Patycia6
Respuesta: Mamás y futuras mamás trabajadoras AUTONOMAS

Cierre de negocio

* Maternidad en régimen de jornada a tiempo parcial: La madre autónoma podrá disfrutar del descanso por maternidad a tiempo parcial si así lo desea. No obstante, tanto la percepción del subsidio y como la reducción de la actividad sólo será válida si se realiza al 50%. Para ellos, será necesario hacer la comunicación correspondiente e indicar qué progenitor disfrutará del permiso y si lo efectuará de forma simultánea o sucesiva.

* Cuando se produzca una situación de cese de actividad de forma que coincida con la prestación por maternidad, la prestación por maternidad no se verá afectada y se percibirá con normalidad hasta su agotamiento.

Si, por el contrario, se iniciase una prestación por maternidad en el momento en que se está cobrando el subsidio por cese de actividad, sería ésta última la que se vería interrumpida, pudiéndose reanudar tras la de maternidad.
02-09-2015 12:26
Patycia6
Respuesta: Mamás y futuras mamás trabajadoras AUTONOMAS

Subsidio por maternidad

Es subsidio por maternidad da derecho a la trabajadora autónoma a una prestación que tendrá una duración de 16 semanas ininterrumpidas. Éstas serán contabilizadas desde el mismo día en que comienza el período de descanso, que se establece bien en la fecha del parto (lo cual habrá que notificar en un plazo de 15 días) o bien una fecha anterior al parto si se opta por comenzar el periodo de descanso con anterioridad.

No obstante, en el caso de hospitalización u otros supuestos, este plazo de 16 semanas de descanso ininterrumpido puede incrementarse. Por otro lado, la trabajadora autónoma puede transferir el disfrute de 10 de estas 16 semanas de descanso al otro progenitor. Eso sí, las 6 semanas posteriores al parto han de ser disfrutadas de forma obligatoria por la madre.

Es importante tener en cuenta, además, que la no presentación de la correspondiente notificación puede provocar la suspensión en el inicio del pago de la prestación. Además, si se dedujese el carácter indebido de la recepción de la prestación, una vez que ya se ha comenzado a percibir, la beneficiaria deberá proceder al reintegro de la misma.
02-09-2015 12:22
Patycia6
Respuesta: Mamás y futuras mamás trabajadoras AUTONOMAS

Derechos del padre

La entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, los padres pueden compartir con las madres los primeros cuidados y atenciones de los hijos. Los padres tienen derecho, si así lo quieren, a 13 días ininterrumpidos de permiso en los nacimientos de sus hijos, adopción o acogimiento. Este permiso es ampliable en caso de parto, adopción múltiples por cada bebé a partir del segundo hijo.

La Seguridad Social reconoce que el padre tiene derecho a acceder a una prestación por maternidad en el caso de que fallezca la madre.

Se pueden beneficiar del derecho y de la baja por maternidad los trabajadores por cuenta ajena y cuenta propia (se incluyen los contratos a tiempo parcial y para la formación, aunque en el caso del parcial es necesario haber cubierto un periodo de cotización de 180 días dentro de los 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral).

La prestación económica por maternidad consiste en un subsidio que equivale al 100% de la base reguladora. En el caso de que el padre esté en situación de paro, el permiso de paternidad no se descuenta de la prestación por desempleado.
02-09-2015 12:14
Patycia6
Respuesta: Mamás y futuras mamás trabajadoras AUTONOMAS

Ayudas por comunidad autónoma


Aragón. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.aragon.es

Baleares. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.caib.es

Asturias. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.asturias.es

Canarias. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.gobiernodecanarias.org

Cantabria. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.cantabria.es

Castilla y León. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.jcyl.es

Castila- La Mancha. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.castillalamancha.es

Cataluña. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.gencat.cat

Comunidad Valenciana. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.gva.es

Extremadura. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.gobex.es

Galicia. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.xunta.es o www.familiasgalegas.org

La Rioja. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.larioja.org

Madrid. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.madrid.org

Murcia. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.carm.es

Navarra. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.navarra.es

País Vasco. Encontrarás toda la información sobre ayudas en www.euskadi.net
02-09-2015 12:13
Patycia6
Respuesta: Mamás y futuras mamás trabajadoras AUTONOMAS

Lactancia

Si el padre o la madre que solicita el permiso de lactancia es trabajador autónomo, la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo dice que sólo podrá suspender su actividad en caso de que la lactancia natural esté en situación de peligro; considerando la fatiga, condiciones ambientales, estrés, exposición a productos contaminantes, … como peligros que pueden reducir la capacidad de lactar e interrumpir la lactancia de las mujeres trabajadoras.

--- Esta parte no la entiendo muy bien ---
02-09-2015 12:08
Patycia6
Respuesta: Mamás y futuras mamás trabajadoras AUTONOMAS

Ayuda económica para madres autónomas.

Aquellas mamás autónomas que hayan cotizado al menos 180 días en los últimos siete años, tienen derecho a la baja maternal de 16 semanas, durante las cuales seguirán pagando las cuotas y cobrando el 100% de la base cotizada. Si pagas la cuota mínima de autónomos, es decir, 264,44 euros en 2015, tendrás derecho a 884,40 euros de prestación. Además, ten en cuenta que deberás seguir cotizando como autónoma durante el periodo de baja por maternidad.

Será necesario haber cubierto un periodo mínimo de cotización, que oscila en función de la edad y que se establece según se detalla aquí:

No será necesario periodo mínimo de cotización para las trabajadoras autónomas menores de 21 años de edad a fecha del parto o de la fecha en que se produce la resolución administrativa o judicial que constituye el acogimiento o la adopción.

Para las jóvenes de entre 21 y 26 años cumplidos en la fecha del parto, el periodo mínimo de cotización deberá ser de al menos 90 días en los 7 años anteriores al momento del inicio del descanso o, en su caso, de 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.

Las autónomas mayores de 26 años a fecha del parto, deberás haber cotizado al menos 180 días en los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, en su caso, 360 día a lo largo de toda su vida laboral.
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