Respuesta: Mamás Septiembre 2011 Comentarios y Dudas
hola
qué suerte psikea que no tengáis que ir los dos al registro...akí en madrid son inflexibles, al no estar casados "no hay tu tia" se van los dos y punto...hay un plazo máximo de 8 días ampliables hasta 30 si es justificado (porque tengas que estar ingresada más por ejemplo)...
bueno chicas os he copiado (con gran trabajo jejje) los trámites a realizar que vienen en un documento que nos pasó el otro día un amigo nuestro que acaba de tener un hijo...espero que os sirva y al menos os aclare las dudas que tengáis...nosotros ya hemos ido a la SS y nos hemos traído los impresos a casa y hoy hemos estado en el registro civil para informarnos de más cosillas...
REGISTRO CIVIL
se puede inscribir en la ciudad en la que haya nacido el bebé para lo cual da igual el empadronamiento de los padres (hay que llevar DNI de los padres y certificado de nacimiento, impreso amarillo que te dan en el hospital) o donde residas pero para ello a nosotros nos han dicho hoy en el pueblo donde vivimos que debemos estar empadronados los dos akí...y como no es el caso pues tenemos que registrarlo en Madrid capital que es donde nacerá...y akí en madrid si no se está casado tienen que ir padre y madre...
BAJA MATERNAL
Pides cita en el médico de cabecera y llevas cualquier documento que justifique el nacimiento del niño (libro de familia, certificado de nacimiento del hospital)
Si estas de baja por la SS ya te da el alta el médico de cabecera.
Ahora el médico te da el Informe de Maternidad (tres hojas selladas, una para ti, una para la empresa y otra para el INSS)
EMPRESA DE LA MADRE
Hay que ir a la empresa y llevarle el informe de maternidad que te ha dado el médico de cabecera y que te cumplimentarán. Te pueden dar fotocopia de la última nómina y la empresa deberá sellarte el Certificado empresa Maternidad
PERMISOS DEL PADRE
1) Dos o más días naturales dependiendo del convenio de cada empresa, con llamar y presentar el libre de familia suele ser suficiente.
2) Trece días naturales, te los puedes coger cuando quieras duranye la baja maternal de tu mujer. La empresa debe rellenarte el Certificado empresa Paternidad
SEGURIDAD SOCIAL
Consultas 900166565
1) Solicitar prestación por maternidad (41079) Se puede obtener en la página web de la SS. Tiene que firmarlo la madre. Debes entregar la solicitud de prestación por maternidad rellenos por ti y por la empresa de la mujer, una de las copias que te dio el médico y la copia de la última nómina del a mujer.
2) Prestación por paternidad. Rellenar modelo 51118 y entregarlo rellenado por ti y por la empresa.
3) Afiliar al recién nacido a la Seguridad Social. Rellenas la solicitud del reconocimiento del derecho de asistencia sanitaria para beneficiarios, este impreso se puede sacar por internet. Se debe presentar tb el DNO del titular y la Cartilla de la SS.
4) Solicitar Trajeta internacional si vas a viajar con el bebé al extranjero en su primer año de vida.
Ahora es el momento de modificar las retenciones...por si queremos que nos retengan más y no llevarnos luego sustos con hacienda jejje
Por cierto en el INSS me han dicho que por estar de baja por la mutua que les debo llevar un papel hecho por la mutua donde conste el día que empecé la baja por ellos...no sé si lo pedirán en todos los sitios, yo por si acaso lo he pedido y lo llevaré...
EMPADRONAMIENTO
este tema ya no sé como funciona en el caso de que los padres estemos empadronados en dos domicilios distintos (que es mi caso y por tanto debemos investigar)
Pero si se está empadronado en el mismo domicilio se supone que en el Registro Civil hay unos listados del INE que si coincide el domicilio del padre y de la madre no es necesario empadronar al bebé si lo rellenas cuando lo inscribes.
CENTRO DE SALUD
Una vez inscrito el recién nacido en la SS, ir al centro de salud a adjudicarle pediatra y pedir cita para la prueba metabólica y para la primera revisión con el pediatra.
HACIENDA
Deducción de 100 euros mensuales los tres primeros años (para la madre trabajadora). Se puede hacer por teléfono llamando la madre al teléfono 9011200345.
No se puede pedir o disfrutar si se pide excedencia...hay que investigar por eso lo he leído por ahí...
pasando a otro tema...sujetadores!!! white eme nos explico un día que la talla realmente es la letra A, B o C... y el numero el contorno...así que segun entendí si yo uso ahora la 95 B...si kisiera comprarme una talla mas sería la 95 C...por cierto nuska...tienes tallas donde elegir jejje
yo al final hoy no he salido a comprar nada...he pasado una siesta regulera...he sentido como que me falta la respiracion...no se si es por lo que dicen de que el utero presiona al diafragma...no sé..además tengo dolor de costillar derecho jejej
bueno chicas os dejo, voy a alejarme del ordenador un rato...que da mucho calor...besitos
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