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02-08-2010, 13:58
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Forera desde: 01-04-2010
Ubicación: Montevideo, Uruguay
Mensajes: 824
Estado: Ya he parido
Será: Niño
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Respuesta: Mamás Noviembre 2010
chicas, a pedido del publico subi imagen del carrito de mati... jejeje
pero la saque de internet porque no lo tengo en casa... ni agarre la camara de fotos aun jajajajja
voy a ver si ademas, cuando saque, me pongo las pilas y le saco fotos tb a los nuevos conjuntitos divinos que le compramos.... este finde nos gastamos los sueldos con mati jajajaj
besitos
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02-08-2010, 14:35
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Forera desde: 09-02-2010
Ubicación: Córdoba
Mensajes: 381
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Respuesta: Mamás Noviembre 2010
Ya he subido más fotitos,je,je!! (Las dl carrito y la cuna son d internet,se nota, claro... )
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02-08-2010, 18:13
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Forera desde: 21-03-2010
Mensajes: 1.977
Estado: Embarazada
Será: Ns/Nc
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Respuesta: Mamás Noviembre 2010
veda de baja de maternidad son 4 meses y si quieres puedes juntar la hora de lactancia que son 15 dias si la juntas, y si pides baja de maternidad antes te la restan x lo visto yo pesaba que no , pero me han dicho que si .
mira x la mútua si puedes coger la baja y en que semana dependiendo del trabajo que realices .
yo tengo baja común pero x lumbalgia en el embarazo me puso mi medico de cabecera y seguire con ella hasta dar a luz para que no me corra la de maternidad, pero sino cogeria x la mutua x riesgo laboral que podria cogerla x mi trabajo desde la semana 18 ,ellos tienen un tablas y dependiendo del trabajo que realices te la dan en unas semanas u otras.
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02-08-2010, 19:03
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Forera desde: 09-02-2010
Ubicación: Córdoba
Mensajes: 381
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Respuesta: Mamás Noviembre 2010
Cita:
Iniciado por martu
veda de baja de maternidad son 4 meses y si quieres puedes juntar la hora de lactancia que son 15 dias si la juntas, y si pides baja de maternidad antes te la restan x lo visto yo pesaba que no , pero me han dicho que si .
mira x la mútua si puedes coger la baja y en que semana dependiendo del trabajo que realices .
yo tengo baja común pero x lumbalgia en el embarazo me puso mi medico de cabecera y seguire con ella hasta dar a luz para que no me corra la de maternidad, pero sino cogeria x la mutua x riesgo laboral que podria cogerla x mi trabajo desde la semana 18 ,ellos tienen un tablas y dependiendo del trabajo que realices te la dan en unas semanas u otras.
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Creía q era un mes el periodo acumulado por lactancia... , gracias por la información!!
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02-08-2010, 19:40
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Forera desde: 31-05-2010
Ubicación: barcelona
Mensajes: 121
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Respuesta: Mamás Noviembre 2010
yo estado de baja por el riesgo que tube de aborto y ahora me estan tramitando la baja or riesgo en la mutua...
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03-08-2010, 00:42
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Forera desde: 26-04-2010
Mensajes: 431
Fecha de Parto: agosto
Será: No se sabe
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Respuesta: Mamás Noviembre 2010
A mi me han explicado que hay tres bajas, o coges la de enfermedad o de riesgo porque en tu trabajo hay algun riesgo para el embarazo, o la de maternidad. Pero la de maternidad sólo puede cogerse un mes y medio antes de tu fecha de parto, antes sólo la medica normal o la de riesgo laboral.
Yo por embarazo multiple tengo más tiempo, creo que 18 semanas, y las 6 primeras semanas cobro triple. Ahora empiezo a trabajar en las fiestas de aqui de vitoria que empiezan el miercoles y luego si me gusta me quedaré un par de meses, aunqu eno se si aguantaré tanto, si veo que me encuentro mal cogeré la baja medica ya que yo no puedo coger la de maternidad, seguramente me nazcan antes de ese mes y medio, jijiji. Así que la disfrutaré entera despues, si Dios quiere.
Me han pasado algunas cosas, "raras" en la piel, a ver si se pasan las fiestas y voy a medico que me mire. Tengo como unas manchas rojas pequeñitas por el escote y espalda. Por otro lado debajo del culo me han salido unos bultos raros que pensaba que igual eran estrias pero parecen varices, nos e que es la verdad, es como si tubiera como gusanitos bajo la piel, ire a que me miren estas cosas a ver si tiene remedio o si es del embarazo y se pasará solo.
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03-08-2010, 08:14
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Forera desde: 21-03-2010
Mensajes: 1.977
Estado: Embarazada
Será: Ns/Nc
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Respuesta: Mamás Noviembre 2010
os dejo esto x si os interesas sobre la baja x maternidad .
Las trabajadoras españolas tienen derecho a 16 semanas de baja remuneradas al 100%, lo que sitúa a nuestro país en el octavo lugar de Europa en cuanto a prestaciones por maternidad.
Muy lejos aun de las mujeres noruegas que pueden llegar a disfrutar de 52 semanas y no digamos de las suecas que están de baja 96 semanas. A la cola de este ranking Portugal, que solo concede permiso de maternidad durante 12 semanas.
¿Cuánto vas a cobrar cuando estés de baja?
La situación en Europa
Consulta con la abogada
Hoy por hoy, la ley contempla que de estas 16 semanas las seis primeras son de reposo obligatorio; el resto del permiso, es decir las 10 semanas restantes, se pueden convertir en 20 semanas a media jornada. Este derecho solo se puede ejercer si la trabajadora llega un acuerdo con la empresa.
También se contempla que tanto la madre como el padre puedan acogerse a este régimen, estableciendo turnos de mañana o tarde para atender al bebé.
¿Cuál es el importe de la prestación?
La Seguridad Social abona una prestación económica durante la baja por maternidad. Para eso la mujer debe haber estado afiliada durante al menos nueve meses antes del día del parto y haber cotizado un mínimo de 180 días en los cinco años anteriores al parto.
El importe de esta prestación se calcula siempre según la base reguladora de cotización a la Seguridad Social, que suele ser del 100%.
El padre pueda percibir esta prestación durante la totalidad del permiso de descanso (a excepción de las seis primeras semanas) en el supuesto de que la madre no reúna el requisito de cotización mínima exigible.
Partos múltiples
Las 16 semanas son ampliables en 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo en los casos de parto múltiple. En este supuesto, la trabajadora tiene derecho a percibir un subsidio especial de 6 semanas de duración por cada hijo a partir del segundo. El importe de este subsidio será el mismo que el de la prestación principal.
Hijos prematuros
En el caso de que el bebé sea prematuro o requiera hospitalización tras el parto, una vez transcurridas las seis primeras semanas posteriores al alumbramiento, si el pequeño sigue en la maternidad los padres pueden suspender el resto del disfrute de esta prestación (10 semanas) y reanudarla a partir de la fecha del alta hospitalaria del menor.
Si hay riesgos en el embarazo...
Si las condiciones de trabajo implican un riesgo para la salud de la madre o para el feto la trabajadora puede pedir a la empresa que la situe en otro puesto más adecuado. Si esto no fuera posible, la futura madre tiene derecho a la suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo.
El médico será el encargado de dar la baja hasta el día que se inicia el permiso de maternidad, o antes si desaparece la causa que impedía trabajar a la mujer.
A lo largo del tiempo que dure esta situación cobrarás un subsidio igual al 75% de tu base reguladora. El organismo encargado de esta gestión es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Hasta hace dos años las únicas beneficiarias eran las trabajadoras por cuenta ajena, pero desde entonces también se pueden acoger las trabajadoras autónomas y las integradas en el Régimen Especial de Empleados de Hogar. Para acceder a esta prestación el requisito imprescindible es estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
El padre podrá tener baja por "maternidad"
Recientemente la Seguridad Social ha reconocido el derecho de los padres a acceder a la prestación por maternidad en caso de fallecimiento de la madre.
Con esta medida se pretende evitar la desprotección del recién nacido para evitar el "vacío legal" extistente hasta este momento ya que hasta ahora la prestación de descanso maternal es un derecho de las madres trabajadoras durante un periodo de 16 semanas de las que el padre puede disfrutar hasta 10, siempre con la autorización de la madres, que es la beneficiaria directa de la prestación.
Con la nueva resolución se dispone que "en caso de muerte de la madre durante el parto o en momento posterior, con independencia de que aquélla se encuentre o no incluida en el ámbito de la Seguridad Social, el padre podrá acceder a la prestación económica por maternidad durante la totalidad del periodo reglamentario, siempre que el trabajador acredite los requisitos exigidos".
Derechos después de la baja
-1 hora de lactancia
La madre puede ausentarse una hora diaria del trabajo, bien dividiendo este tiempo en dos fracciones de media hora, bien reduciendo la jornada laboral en media hora al inicio o al final. El Estatuto de los Trabajadores establece que corresponde a la trabajadora concretar el horario de este permiso. Únicamente, debe avisar a la empresa quince días antes de que reanude su jornada normal.
-Excedencia
Se puede solicitar la excedencia en el trabajo como máximo hasta que el niño cumpla 3 años.
El tiempo que dure la excedencia se computa a efectos de antigüedad y durante el primer año la madre tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo. En algunos convenios colectivos este plazo se amplía hasta los 3 años.
-Reducción de jornada
Si el niño es menor de 6 años se puede solicitar la reducción de la jornada laboral que lleva a aparejada una reducción proporcional en el salario que oscila entre un tercio y la mitad.
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03-08-2010, 08:55
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Forera desde: 09-02-2010
Ubicación: Córdoba
Mensajes: 381
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Respuesta: Mamás Noviembre 2010
Soy funcionaria y no tengo Seguridad Social, sólo compañía privada...ya no sé si va todo igual... , alguien sabe cm va??
Besitos!!
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03-08-2010, 09:29
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Forera desde: 21-03-2010
Mensajes: 1.977
Estado: Embarazada
Será: Ns/Nc
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Respuesta: Mamás Noviembre 2010
veda yo creo que va igual , pero deberias informarte si tienes muface o isfas o lo que tengas, yo tb soy funcionaria pero yo trabajo para el sistema de salud público asiq no se decirte mas , le preguntare si eso a mi padre que es funcionario y tiene muface , pero vamso que yo creo que es igual.
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03-08-2010, 13:11
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Forera desde: 31-05-2010
Ubicación: barcelona
Mensajes: 121
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Respuesta: Mamás Noviembre 2010
la baja por la mutua del trabajo por riesgo en el trabajo tiene que estar firmada por un medico de la seguridad social.
te lo digo pq yo estoy tramitandola y me la ha tenido que firmar la s.social si no no me la tramitaban
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