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Old 09/10/2012, 12:39  
 
Join Date: May 2012
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Estado: Embarazada
Fecha de Parto: 21/12/2012
Será: Niña
Default Respuesta: Grupo de Mamás para Diciembre de 2012

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Originally Posted by Kapiroska View Post

Copio el texto íntegro del artículo

4. En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45.1.d) de esta Ley, para la lactancia del menorhasta que éste cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples.

Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla.

Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o
mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen.
A ver.... yo me lio a leer los textos legales y todo esto y es muy engorroso... en un contexto claro y hablando en español.... la cosa queda en...... ¿despues de las 16 semanas, puedes acumular esos 14 dias, despues las vacaciones? ¿ y despues pedir excedencia por ejemplo de 10 meses?????

Ando super perdidaaa!!
 
Old 09/10/2012, 12:48  
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Join Date: Apr 2012
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Estado: Embarazada
Será: Niña
Default Respuesta: Grupo de Mamás para Diciembre de 2012

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Originally Posted by aleyda View Post
A ver.... yo me lio a leer los textos legales y todo esto y es muy engorroso... en un contexto claro y hablando en español.... la cosa queda en...... ¿despues de las 16 semanas, puedes acumular esos 14 dias, despues las vacaciones? ¿ y despues pedir excedencia por ejemplo de 10 meses?????

Ando super perdidaaa!!
Si te deja el convenio SI
Si tu convenio no lo contempla, pero la empresa/el jefe acuerda contigo que puedes acumularlo SI
Si tu convenio no lo contempla y tu jefe/empresa son unos peseteros...pues te pueden mandar a escarajar, y en ese caso no hay nada que hacer, o sea NO
 
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