Primero felicitarte por tu
[/B]monicasan[/B]
Comentarte que la ley de prevención de riesgos laborales establece la protección de las mujeres embarazadas especialmente. Según el trabajo que realizas, y de los riesgos que este comporta, se estipula en que semana te dan el permiso por riesgo en el embarazo (se tramita desde la empresa, el servicio de prevención y la mutua) pero el primer paso es notificar a tu empresa que estas embarazada. Puede ser desde el minuto 0 de saber que estas embarazada (por ej. si manipulas productos tóxicos) o hasta la semana 37 ( por ej. trabajos de oficina). Aunque la primera opción siempre debería ser apartarte de los trabajos incompatibles con tu embarazo o re-ubicarte en otro puesto de trabajo dentro de tu empresa, sino es posible entonces te deben dar el permiso hasta dar a luz.
En el caso de tener un problema de salud pero no estar relacionado con los riesgos del trabajo, por ejemplo una lumbalgia en una embarazada de 6 meses que trabaja en una oficina, deberemos ir al medico de cabecera para ver si nos puede dar la baja. Supongo que aquí podrían estar tus manchados.
Algunas ventajas del permiso de riesgo durante el embarazo es que no tenemos que ir a recoger los partes de confirmación, tenemos libertad de movimiento para viajar, cobramos el 100%,...
Recordad también, que si estáis de baja no podéis tramitar el permiso por riesgo en el embarazo. Deberíais coger el alta y después tramitarlo.
Saludos y perdón por el ladrillo!