Respuesta: embarazadas trabajando
En caso de miedo por despido o represarais te aconsejo hables con el sindicato de trabajadores, ellos te defenderán y te apoyarán.
Se prohíbe el despido por causa de embarazo o lactancia.Esta prohibición es relativa. La mujer embarazada puede ser despedida por otras causas, sin embargo la mujer embarazada esta muy protegida laboralmente ante la ley.
La trabajadora embarazada tiene derecho a un descanso remunerado de 45 días antes y 45 días después del parto (Art. 61).Estos plazos pueden ampliarse si sobrevienen casos de enfermedad como consecuencia del embarazo o del parto.
La mujer embarazada en puesto de trabajo que implique esfuerzos que afecten su salud merecerá un tratamiento especial que le permita desarrollar sus actividades en condiciones adecuadas, sin afectar su nivel salarial ni su ubicación en el puesto de trabajo (Art. 2 de la Ley de 2 de marzo de 1988).
Toda mujer en período de gestación y hasta un año del nacimiento del hijo gozará de inamovilidad, tanto en las instituciones públicas como en las privadas (Art. 1 de la Ley de 2 de marzo de 1988).
La madre tiene derecho a descansos de una hora al día para amamantar a su hijo (Art. 61).
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